Modificación Decreto Supremo N° 148/2003 Reglamento sobre manejo de Residuos Peligrosos
Las principales modificaciones del Reglamento Sanitario sobre el Manejo de Residuos Peligrosos, D.S. N° 148/2003, son la incorporación de terminología en su mayoría proveniente de la Ley del Fomento al Reciclaje y se corrigieron otras definiciones, como procesamiento, instalaciones de trasferencia, instalaciones de valorización, gestor y valorización.
Se incluye una nueva característica de peligrosidad “infecciosa” referente a los residuos hospitalarios, se amplía el listado de sustancias tóxicas agudas, se agregaron textos al Reglamento para asegurar el manejo adecuado de estos residuos.
Se incluyen nuevos procedimientos como el Plan de Muestreo y un Guía Técnica de Toma de Muestra de Residuos Peligrosos; se incorpora la caracterización de los residuos masivos mineros.
Se explicitan las modificaciones de los generadores, se establece la Declaración de los Residuos Peligrosos en el SIDREP, entre otros.
La modificación del D.S N° 148/03 se encuentra en proceso de evaluación, éste ya fue puesto a disposición de la ciudadanía para que se realizaran las observaciones o cometarios que se estimaran convenientes.
Para mayor información, respecto al actual Decreto Supremo N° 148/2003 y la modificación de éste mismo y lo que conlleva, contáctanos a contacto@socoam.cl.